Hoy día esta nación continental dispone de un gobierno representativo con una capital nacional de ubicación céntrica. El gobierno central consiste en una fuerte federación de cien estados relativamente libres. Estos estados eligen sus gobernadores y legisladores por diez años, y ninguno puede presentarse a reelección. Los jueces estatales son designados al cargo vitalicio por los gobernadores y confirmados por sus cuerpos legislativos, que constan de un representante por cada cien mil ciudadanos.
Existen cinco tipos diferentes de gobierno metropolitano, según el número de habitantes de la ciudad, pero a ninguna ciudad se le permite sobrepasar el millón de habitantes. En general, estos esquemas de gobierno municipal son muy sencillos, di-rectos y económicos. Los pocos cargos de administración municipal son muy codiciados por los ciudadanos del más alto nivel.
El gobierno federal abarca tres divisiones coordinadas: ejecutiva, legislativa y judicial. Se elige al mandatario ejecutivo cada sexenio mediante sufragio universal territorial. Éste no es elegible a reelección sino a petición de un mínimo de setenta y cinco legisladores estatales, cuyas opiniones han de concordar con las de sus gobernadores estatales respectivos; y, en este caso, se limita a sólo un sexenio más. Lo asesora un supergabinete formado por todos los antiguos ex-mandatarios vivos.
La división legislativa comprende tres cámaras:
1. La cámara alta es elegida por grupos de trabajadores industriales, profesionales, agrícolas y otros, efectuándose la votación de acuerdo con la función económica.
2. La cámara baja es elegida por ciertas organizaciones de la sociedad que engloban grupos sociales, políticos y filosóficos que no incluyan la industria ni las profesiones. Todos los ciudadanos de buena reputación participan en la elección de ambas clases de representantes, pero se agrupan de forma diferente, dependiendo de si la elección corresponde a la cámara alta o baja.
3. La tercera cámara—los estadistas ancianos– abarca los veteranos del servicio cívico e incluye muchas personas ilustres nominadas por el mandatario ejecutivo, por los ejecutivos regionales (subfederales), por el jefe del tribunal supremo, y por los funcionarios que presiden una u otra cámara legislativa. Se limita este grupo a cien miembros, y sus integrantes son elegidos por la acción mayoritaria de los mismos estadistas ancianos. La afiliación es vitalicia y cuando se producen vacantes, se elige debidamente al que reciba el mayor número de votos, entre los que han sido nominados. La incumbencia de este órgano es de carácter puramente asesor, pero es un poderoso regulador de la opinión pública y ejerce una fuerte influencia en todas las ramas del gobierno.
Las diez autoridades regionales (subfederales) realizan gran parte del trabajo administrativo federal, consistiendo cada una de la asociación de diez estados. Estas divisiones regionales son totalmente ejecutivas y administrativas, careciendo de funciones legislativas y judiciales. Los diez ejecutivos regionales son designados personalmente por el mandatario ejecutivo federal, y el período en funciones de éstos coincide con el de él—un sexenio. El tribunal supremo federal aprueba la designación de estos diez ejecutivos regionales y, aunque no se pueden volver a designar, el ejecutivo saliente se convierte automáticamente en asociado y asesor de su sucesor. Por otra parte, estos jefes regionales escogen los miembros de su gabinete entre los funcionarios administrativos.
En esta nación se administra la justicia mediante dos sistemas principales de tribunales—las cortes de la ley y las cortes socioeconómicas. Las cortes de la ley funcionan en los tres siguientes niveles:
1. Las cortes menores de jurisdicción local y municipal, cuyos fallos se pueden apelar a los tribunales estatales superiores.
2. Las cortes supremas estatales cuyos fallos son terminantes en todos los asuntos no tocantes al gobierno federal o al riesgo de los derechos y libertades de la ciudadanía. Los ejecutivos regionales están facultados para avocar sin demoras a la corte suprema federal cualquier caso.
3. La corte suprema federal—el tribunal supremo para los juicios de disputas nacionales y los pleitos apelados de las cortes estatales. Este tribunal supremo está compuesto de doce hombres mayores de cuarenta años de edad y menores de setenta y cinco que se han desempeñado durante un plazo igual o superior a dos años en un tribunal estatal, y que han sido designados a este alto cargo por el mandatario ejecutivo con la anuencia mayoritaria del supergabinete y de la tercera cámara de la asamblea legislativa. Todas las decisiones de este órgano judicial supremo se emiten en virtud de un mínimo de dos tercios de votos.
Las cortes socioeconómicas funcionan en las siguientes tres divisiones:
1. Las cortes tutelares, relacionadas con las divisiones legislativa y ejecutiva del sistema social y familiar.
2. Las cortes de asuntos educativos—las entidades jurídicas vinculadas con los sistemas escolares estatales y regionales y relacionadas con las ramas legislativa y ejecutiva del mecanismo administrativo de la enseñanza.
3. Las cortes industriales—los tribunales jurisdiccionales en los que está depositada plena autoridad para dirimir todos los malentendidos de carácter económico.
La corte suprema federal no avoca a sí misma los pleitos socioeconómicos sino mediante dos tercios de los votos de la tercera rama legislativa del gobierno nacional, la cámara de los estadistas ancianos. Por lo demás, todas las decisiones de las cortes superiores tutelares, de asuntos educativos e industriales son perentorias.